Palenque, Chiapas.
La Comisión Estatal de los Derechos Humanos ha decido tomar
cartas en el asunto y llevar hasta las últimas instancias las situación que
presenta la señora María Oleta Pérez, quien fuera operada en el Hospital
General de ésta ciudad y ahora se encuentra agonizando en un nosocomio del
estado de Tabasco, diagnosticada con cáncer en fase terminal.
Tras verificar que los datos publicados a través de éste
medio informativo, sobre los posibles actos de negligencia médica practicados
por personal de diversas áreas del Hospital General de Palenque, la CEDH inició las indagaciones
correspondientes para deslindar responsabilidades y, en caso de encontrar
culpables a los involucrados, hacer las recomendaciones a las autoridades competentes.
El pasado día viernes María Oleta Pérez fue trasladada al
nosocomio donde permaneció otras 72 horas; hasta que el lunes 26 de octubre fue
transferida al hospital Juan Graham Casasús, en la ciudad de Villahermosa, Tabasco;
donde fue diagnosticada con cáncer en estado avanzado.
El tratamiento recomendado por los doctores fue el de
tratamientos con quimioterapia; así como otra intervención quirúrgica para retirar
todo el tejido contaminado. El líquido que se le acumula en el vientre, por el
cual siempre esta abultado, le ha sido drenado en diversas ocasiones.
El sufrimiento que durante tres meses ha padecido María
Oleta Pérez, le ha ocasionado daños psicológicos, consideraron sus familiares,
ya que al ser informada sobre el tratamiento que iban a practicarle decidió no
someterse a ellos porque no quiere morir durante el proceso.
Sin embargo trataran de convencerla porque su familia, -su
esposo y tres hijos de 12, 4 y 2 años de edad, aproximadamente, mantienen la
esperanza de que puedan verla en condiciones saludables.
La CEDH asegura que la paciente está protegida por la Ley General
de Víctimas, aprobada por el Congreso de la Unión y modificada en el año 2013.
“La presente Ley obliga, en sus respectivas competencias, a
las autoridades de todos los ámbitos de gobierno, y de sus poderes
constitucionales, así como a cualquiera de sus oficinas, dependencias,
organismos o instituciones públicas o privadas que velen por la protección de
las víctimas, a proporcionar ayuda, asistencia o reparación integral”.
“La reparación integral comprende las medidas de
restitución, rehabilitación, compensación, satisfacción y garantías de no
repetición, en sus dimensiones individual, colectiva, material, moral y
simbólica.
Cada una de estas medidas será implementada a favor de la víctima
teniendo en cuenta la gravedad y magnitud del hecho victimizante cometido o la
gravedad y magnitud de la violación de sus derechos, así como las
circunstancias y características del hecho victimizante”.
La sentencia, en caso de ser determinado como un acto de
negligencia médica, podría ser histórica en éste municipio, toda vez que dicha
institución de salud ha sido denunciada en diversas ocasiones por actos
deshumanizados en contra de la población derecho habiente: pacientes que han
dado a luz en los sanitarios; muerte neonatal y postparto; tráfico de infantes;
desabasto y tráfico de medicamentos; racismo; maltrato verbal y psicológico; muertes
inexplicables; entre otros probables delitos que durante muchos años han sido
exhibidos pero que las autoridades, incluyendo la Comisión Estatal de Arbitraje
Médico, han ignorado dejando como consecuencia que los funcionarios laboren
bajo una completa impunidad.