Denuncian actos de corrupción en la Junta Local de Conciliación y Arbitraje número 07 con sede en Palenque.


José Estrada.
Palenque, Chiapas.

Graves actos de corrupción están siendo practicados por el personal de la Junta Local de Conciliación y Arbitraje número 7, con sede en ésta ciudad; denunció el abogado laborista Abraham Jiménez Rincón; quien acusa al presidente de la señalada junta espacial, José Ramón Esteban Serrano, de traficar con los poderes que ostenta e inclinar la balanza hacia quien mayores aportes económicos haga a sus bolsillos.

Un caso en mención involucra al regidor del ayuntamiento por el Partido Mover a Chiapas, Omar Alfaro Macías; quien fue acusado por tres ex empleadas de haberlas despedido injustificadamente. Acto llevado a cabo hace poco más de cinco años, sin embargo antepusieron su querella en al año 2014. Las demandantes, quienes ya tienen conocimiento de que el laudo laboral les favoreció, exigen indemnizaciones por 10 años de trabajo y lo correspondiente a cinco años de salarios caídos. Cantidad que sobre pasa los 400 mil pesos.

En relación a lo acontecido el demandado, empresario del ramo restaurantero en éste ciudad, solicitó los servicios de Abraham Jiménez Rincón quien, tras revisar  los expedientes comprobó que existen varias irregularidades, entre ellas: documentos con fechas alteradas; dictámenes con firmas que no corresponden, debido a que en la Junta Local Número 7 no hay un dictaminador que, con forme a derecho, asignen la cantidad que los demandados deberán pagar.

En el caso de Palenque son el presidente de la junta, José Ramón Esteban Serrano; y la secretaria de acuerdos, Esther Vázquez Núñez, quienes se toman esa atribución; actuando como juez y parte en las demandas. Esto a dejado a su cliente en una situación de indefensión, toda vez que no se está tomando en cuenta las reformas a las leyes laborales, donde se estipula que toda querella que sea interpuesta después del año 2013; o sea del año 2104 en adelante, solo deberán reconocer como parte de las indemnizaciones un año de salarios caídos.

En relación a las acciones que debería fomentar la junta, que es principalmente el conciliar acuerdos entre los actores, estas no se está llevando  a cabo toda vez que el señor Omar Alfaro le dio pauta al abogado de la parte actora diciéndole que les iba  apagar conforme a derecho, pero ellos no quisieron. Exigen una cantidad exorbitante y no pudieron llegar a  ningún arreglo.

“La parte demandante, al tener a las autoridades de su lado se niegan a conciliar. Por lo que, la junta, en vez de ayudar a los trabajadores, o en su caso a los patrones; en realidad solo ayuda a quienes tenga más dinero y a quien suelte más mordidas. Aquí nadie es neutral, empezando con la secretaria de acuerdos, Esther Vázquez Núñez”. Puntualizó el abogado litigante.

Las tres empleadas están pidiendo demasiado. Una cantidad exorbitante; que no les corresponde conforme a derecho y de acuerdo con el tiempo que laboraron para el demandado. Las autoridades, en éste caso José Ramón Esteban Serrano, presidente de la junta; así como la secretaria de acuerdos, deberían de permanecer neutrales pero contario a sus funciones han actuado con dolo y perjudicado al demandado; ya que lo están obligando a pagar un monto superior a los 400 mil pesos.

“La ley es clara, -aseguró Abraham Jiménez Rincón-, dice que tiempo, la cantidad y los pasos a seguir para llevar a cabo un dictamen”.

“En el caso de la junta local del municipio de Palenque, debería de existir una persona por cada área involucrada en las querellas, además del presidente: Un actuario, un dictaminador, un secretario de acuerdos  y un representante de trabajo; aspectos en que la ley es muy clara. Pero ellos se pasan las leyes por el arco del triunfo, porque no siguen los procedimientos legales y ello les permite seguir haciendo su agosto en Palenque”.

Cabe señalar que Omar Alfaro Macías tuvo que contratar los servicios de un notario público para que le respetaran sus derechos y pudieran recibirle un escrito porque existía inconformidad de su parte por el laudo emitido.


“Es un documento que el presidente de la junta tiene la obligación de recibir, toda vez que nos dan un lapso de 72 horas para solicitar la resolución a la junta para corregir errores y precisar algún punto. Esto lo respalda el artículo 847 de la Ley Federal del Trabajo”. Argumentó el abogado de la parte demandada.